Elecciones locales de Soacha de 2019

Las elecciones locales de Soacha de 2019 se llevaron a cabo el domingo 27 de octubre de 2019 en el municipio de Soacha, de acuerdo a la Resolución 14788 del 11 de octubre de 2018 expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, entidad encargada del proceso electoral. En estos comicios, los soachunos eligieron a los siguientes cargos que tomarán posesión el 1 de enero de 2020 para un período de cuatro años:

  • Alcalde de Soacha.
  • Los 17 miembros del Concejo Municipal.
  • Los miembros de las Juntas Administradoras Locales de las 6 comunas urbanas y 2 corregimientos rurales del municipio.
 2015    2023 
Elecciones locales de Soacha de 2019
Alcalde para el período 2020-2023
Concejales de Soacha
Fecha 27 de octubre de 2019
Tipo Local
Período 1 de enero de 2020 a
31 de diciembre de 2023

Demografía electoral
Población 556,268
Hab. registrados 245,688
Votantes 142,159
Participación
 
57.86 %  3.4 %
Votos válidos 127,581
Votos en blanco 20,644
Votos nulos 6,148


Alcalde de Soacha
Electo
Juan Carlos Saldarriaga
COALICIÓN SOACHA CIUDAD PODEROSA

Legislación

Según la Constitución de Colombia, pueden ejercer su derecho a sufragio los ciudadanos mayores 18 años de edad que no hagan parte de la Fuerza Pública, no estén en un proceso de interdicción, y que no hayan sido condenados. Las personas que se encuentran en centros de reclusión, tales como cárceles o reformatorios, podrán votar en los establecimientos que determine la Registraduría Nacional. La inscripción en el registro civil no es automática, el ciudadano debe dirigirse a la sede regional de la Registraduría para inscribir su identificación personal en un puesto de votación.[1]

La Ley 136 de 1994 establece que para ser elegido alcalde se requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente del respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante un año anterior a la fecha de inscripción o durante un período mínimo de tres años consecutivos en cualquier época. El alcalde se elige por mayoría simple, sin tener en cuenta la diferencia de votos con relación a quien obtenga el segundo lugar.[2]

Está prohibido para los funcionarios públicos del municipio difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones de televisión y de radio o imprenta pública, según la Constitución y la Ley Estatutaria de Garantías Electorales.[3][4] También les está expresamente prohibido acosar, presionar, o determinar, en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.[4]

Los organismos encargados de velar administrativamente por el evento son la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral[5]

Voto en blanco

En Colombia el voto en blanco se considera una expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. En la normativa electoral colombiana, el voto en blanco es “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos”.[6] Algunas discusiones del Congreso se señaló que esa mayoría debía ser mayoría simple, sin embargo la Corte Constitucional ha hecho consideraciones que indican que se requeriría de mayoría absoluta, aunque no se ha pronunciado, ni conceptuado sobre este acto legislativo.[7][8][n 1]

Elección de Alcalde

Candidaturas

Las siguientes candidaturas en su mayoría van por coaliciones partidistas para ocupar la alcaldía municipal, inscritas el 27 de julio de 2019:[n 2]

    • En cursiva el partido dominante en coalición
  • Juan Carlos Saldarriaga: ya había participado en la anterior elección de 2015, ocupando el segundo lugar tras el alcalde ganador Eleazar González. Los partidos que lo respaldan son el la U, el Centro Democrático, la Alianza Democrática Afrocolombiana, Colombia Renaciente y Conservador, bajo la coalición de Soacha Ciudad Poderosa
  • Giovanni Ramírez Moya: fue concejal hasta mayo de 2015, que fue elegido para el periodo constitucional 2012-2015. Los partidos que lo respaldan son Cambio Radical, MAIS, el Liberal y la Alianza Social Independiente con la denominación de Alianza por Soacha.
  • José Ernesto Morales: Abogado de profesión, es respaldado por la coalición de partidos de izquierda como es el binomio Colombia Humana-Unión Patriótica, a la cual se sumaron el Polo Democrático Alternativo y el movimiento significativo de ciudadanos Rubic (Resignificación y Unidad en Búsqueda de Intereses Comunes) para denominarse Soacha Humana y Alternativa.
  • Óscar Leguizamo: el partido que lo respalda en esta ocasión es el de Reivindicación Étnica.

Candidaturas que declinaron

  • Ricardo Andrés Jaramillo: al igual que el primero, venía de la anterior elección de 2015, ocupando el tercer lugar al militar con el Centro Democrático. Era respaldado por el partido Colombia Justa Libres de tendencia cristiana. Posteriormente se retiró de la contienda electoral para apoyar junto con el partido Colombia Justa Libres al candidato Juan Carlos Saldarriaga.

Precandidaturas que declinaron

Antes de la inscripción definitiva, ya había otras precandidaturas que han declinado su aspiración y la han cedido a los candidatos en competencia con el tiempo.[9]

  • Cambio Radical: Hernán Castellanos Ramírez y Juan Pablo Piranquive respaldarían a Giovanni Ramírez Moya
  • Centro Democrático: Freddy González, Carlos Caucalí, William Moncada, Antonio Echeverry, Camilo Salazar y Juan de la Cruz Sánchez respaldarían a Juan Carlos Saldarriaga
  • Alianza Verde: Iván Moreno Escobar, Luis Eduardo Chávez y Andrés Jiménez. No respaldarían ningún candidato a alcalde.
  • Partido de la U: Nohora Evelia Escobar y Víctor Julián Sánchez, este último continua como diputado para la Asamblea Departamental de Cundinamarca.
  • Partido Conservador: Juan Martín Peñuela, declinó en favor de Saldarriaga.
  • Polo Democrático Alternativo: Ángel David Esguerra, quien se retiró de una asamblea que violaba lo establecido por el Consejo Nacional Electoral para las coaliciones de partidos y poniendo en conocimiento público en un editorial del Informativo Presencia del cual es su Director que la escogencia y candidatura de Morales era espuria, toda vez que Rubic no estaba legalmente constituido como Grupo Significativo de Ciudadanos ni Morales presentaba un programa de gobierno, adicional a que la mayoría de los asistentes a la reunión carecía de voz y votos para la escogencia de la candidatura; posteriormente renunció al PDA. [10]
  • Partido Liberal Colombiano: Carlos Ospina, quien declinó en favor de Ramírez.
  • Otros: Luis Alfonso Agudelo, de los fundadores del Movimiento Rubic, quedó tercero en la consulta interna de la coalición Soacha Humana y Alternativa , por el que se lanzaría como diputado a la Asamblea Departamental de Cundinamarca. Por su parte, Alfonso Rozo, la integraba con Compromiso Ciudadano, declinó posteriormente.

Concejo municipal

PartidoTipo¹#Candidato más votadoVotos %
Partido Cambio RadicalPreferente17Terry Mauricio Bogotá López 2.048
 11,59 %
Partido de la UPreferente19Juan Carlos Arias Cante 2.328
 10,00 %
Centro DemocráticoPreferente19Joel de los Ríos Ocampo 1.352
 8,62 %
Alianza VerdePreferente19Wilson Andrés Rodríguez Fonseca 2.033
 8,30 %
Partido Liberal ColombianoPreferente19Carlos Alberto Ospina Díaz 2.176
 6,23 %
Coalición CH-UP, PDA y RUBICPreferente19Heiner de Jesús Gaitan Parra 1.777
 6,19 %
Alianza Social IndependientePreferente19Alberto Plazas Balaguera 1.696
 5,43 %
Alianza Democrática AfrocolombianaPreferente19Hernán Darío Soto Varón 740
 4,50 %
Autoridades Indígenas de ColombiaPreferente19Edgar Cárdenas González 2.181
 4,08 %
Partido Conservador ColombianoPreferente19Norberto Cuenca Rivera 1.961
 3,89 %
MIRAPreferente15Jazmín Olarte Guayambuco 2.012
 3,68 %
Colombia RenacientePreferente19Jonnathan Andrés Vela Rodríguez 1.326
 3,53 %
MAISPreferente18Nicolás Martínez Landinez 896
 3,18 %
Colombia Justa LibresNo preferente14William Rodríguez García 3.537
 2,77 %
Partido de Reivindicación ÉtnicaPreferente14Jackson García Valoyes 1.704
 1,33 %
Fuerza Alternativa Revolucionaria del ComúnPreferente1Isaac Arias López 550
 0,43 %
Votos válidos 127.581
 89,74 %
Votos blancos20.644
 16,18 %
Votos nulos7.701
 5,41 %
Tarjetas no marcadas6.877
 4,83 %
Total votos142.159
  • (¹) - Existen dos tipos de voto para elecciones para el Concejo de Soacha. Con el voto preferente el partido o movimiento político opta por inscribir una lista abierta de tal manera que el elector vota no solo por el partido o movimiento político sino además por alguno de los candidatos que componen la lista. Obtienen curul los candidatos que más votos obtuvieron dentro del partido, dependiendo del número de escaños que alcance la colectividad, sin importar el orden de inscripción dentro de la lista. Con el voto no preferente se inscribe una lista cerrada de tal manera que el elector sólo vota por el partido o movimiento político. La asignación de curules se hace en el orden de inscripción dentro de la lista, dependiendo del número de escaños que alcance el partido.

Juntas Administradoras Locales

La siguiente lista es nombrada solo los partidos políticos ganadores por comuna y su respectivo número de votos:

Corregimiento 1
  • MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL: 189 votos
Corregimiento 2
  • PARTIDO CAMBIO RADICAL: 281 votos
Comuna 1 Compartir
  • PARTIDO CAMBIO RADICAL: 2.423 votos
Comuna 2 Soacha Central
  • PARTIDO CAMBIO RADICAL: 3.256 votos
Comuna 3 La Despensa
  • PARTIDO COLOMBIA HUMANA - UNIÓN PATRIÓTICA: 2.072 votos
Comuna 4 Cazucá
  • PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO: 1.123 votos
Comuna 5 San Mateo
  • PARTIDO COLOMBIA HUMANA - UNIÓN PATRIÓTICA: 1.311 votos
Comuna 6 San Humberto
  • PARTIDO CAMBIO RADICAL: 1.914 votos

Notas

  1. Corte Constitucional de la República de Colombia (ed.). «Sentencia C490/11». Consultado el 18 de noviembre de 2011. «Se evidencia que se trata de estándares muy distintos para la cuantificación de la mayoría que debe obtener el voto en blanco con poder invalidante, pues mientras la norma constitucional impone una mayoría absoluta, el proyecto de ley estatutaria reduce el presupuesto a una minoría simple, en clara vulneración de la norma constitucional, por lo que se declarará inexequible. »
  2. La Silla Vacía (13 de agosto de 2019). «El tarjetón en Soacha: maquinarias, alternativos y un recién llegado».

Referencias

  1. Colombia. «¿Cómo funciona el proceso de inscripción de cédulas?». Colombia.
  2. «Preguntas Frecuentes». Registraduría Nacional del Estado Civil. Archivado desde el original el 24 de agosto de 2014. Consultado el 7 de octubre de 2015.
  3. Ley 996 de 2005 Ley Estatutaria de Garantías Electorales
  4. elespectador.com (27 de febrero de 2014). «'Ningún funcionario público del Distrito puede difundir propaganda electoral'».
  5. Colombia. «¿Cuáles organismos conforman la Organización Electoral y cuáles son sus funciones?». Colombia.
  6. «Qué es el voto en blanco». Registraduría Nacional del Estado Civil. Archivado desde el original el 22 de febrero de 2014. Consultado el 28 de agosto de 2019.
  7. Semana (ed.). «Jaime Araujo habla sobre el voto en blanco». Consultado el 7 de octubre de 2015.
  8. Senado de la República de Colombia, ed. (14 de julio de 2009). «Acto legislativo 1 de 2009». Archivado desde el original el 5 de noviembre de 2011. «Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública, Gobernador, Alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando del total de votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría. »
  9. Periodismo Público (10 de mayo de 2019). «Sólo una mujer entre los 21 precandidatos a la Alcaldía de Soacha».
  10. Informativo Presencia (7 de septiembre de 2019). «Una candidatura espuria».
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