Diversidad sexual en Bélgica

La diversidad sexual en Bélgica goza de una legislación y aceptación social de las más progresistas de Europa y del mundo. Las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo fueron legalizadas en 1795, con igual edad de consentimiento que las heterosexuales, exceptuando el periodo comprendido entre 1965 y 1985. Tras conceder a las parejas de hecho del mismo sexo los beneficios legales en el 2000, Bélgica se convirtió en el segundo país del mundo en legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo en 2003.

Derechos LGBT en Bélgica


Bandera

Escudo


Bélgica en Europa
Homosexualidad
Es legal
Desde 1795
Edad de consentimiento sexual
Heterosexual y homosexual igual
Edad de consentimiento homosexual 16
Protección legal contra la discriminación
Laboral
Bienes y servicios
En todos los aspectos
Protección legal de pareja
Acceso igualitario a la unión civil
Matrimonio entre personas del mismo sexo
Derechos reproductivos y de adopción
Acceso igualitario a la adopción
Derecho de adopción conjunta
Acceso igualitario a técnicas de reproducción asistida
Derechos de género
Cambio de sexo legal
Cambio de sexo en documentación
Otros derechos
Servicio militar
Donación de sangre

La adopción por parte de parejas homoparentales fue totalmente legalizada en 2006 y equiparada legalmente a las heterosexuales. Las parejas de lesbianas tienen acceso también a la fecundación in vitro. La discriminación basada en razones de orientación sexual en el ámbito laboral, doméstico y público está penada desde 2014, y la basada en identidad de género en 2014.

Legislación y derechos

Despenalización de la homosexualidad

Después de que Bélgica pasó a estar bajo control de Francia en 1795, y hasta su independencia de los Países Bajos en 1830, el derecho penal que se aplicaba en el territorio belga era el que figuraba en los Códigos penales franceses (primero el Código Penal de 1791, y luego, el Código Napoleónico de 1810), ninguno de los códigos penales franceses impuestos en el territorio belga criminalizaban la homosexualidad. Después de la independencia, el Código Penal belga de 1867, no criminalizo de ninguna forma la homosexualidad.

La edad de consentimiento sexual en Bélgica es de 16 años, sin importar la orientación sexual.

Reconocimiento de las parejas del mismo sexo

En 1998, Bélgica reconoció a las parejas conformadas por personas del mismo sexo mediante las uniones civiles, esto gracias a la emisión de la ‘Ley que Establece la Cohabitación Legal’, la cual confiere derechos limitados a los cónyuges, como lo es el artículo 1478, que describe el derecho a la propiedad compartida, la presunta herencia de la propiedad compartida en caso de fallecimiento, las obligaciones financieras compartidas y un derecho limitado a la crianza conjunta de los hijos.

En 2003, Bélgica se convirtió en el segundo país europeo (después de los Países Bajos) en legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.[1][2] Esto fue posible gracias a la modificación del Artículo 143 del Código Civil, para que se establezca que: "El matrimonio se contrae por dos personas de distinto sexo o del mismo sexo".

Laboral

El párrafo 1 del artículo 2 de la ‘Ley contra la discriminación’ de 2003, incluía la orientación sexual como una categoría protegida contra la discriminación. El artículo 2(4) prohibía la discriminación en el lugar de trabajo. Esta ley fue sustituida por la ‘Ley contra la discriminación’ de 2007, en el artículo 4(4), se incluye la orientación sexual como motivo de protección. El artículo 4(7) y 4(9) prohíbe la discriminación directa e indirecta en las relaciones laborales, tal como se define en el artículo 4(1).

Art. 4. Para la aplicación de esta ley, se entenderá por:

4(1) relaciones laborales: relaciones que incluyen, entre otros, empleo, condiciones de acceso al empleo, condiciones de trabajo y normas de despido, y esto:
  - tanto en el sector público como en el privado;
  - tanto para el trabajo asalariado como para el trabajo por cuenta propia, el trabajo prestado en régimen de prácticas, aprendizaje, inmersión profesional y acuerdos de primer empleo o trabajo por cuenta propia;

4(4) criterios protegidos: edad, orientación sexual, estado civil, nacimiento, riqueza, convicciones religiosas o filosóficas, convicciones políticas, convicciones sindicales, idioma, estado de salud actual o futuro, discapacidad, característica física o genética, origen social;

4(7) discriminación directa: distinción directa, basada en uno de los criterios protegidos, que no puede justificarse sobre la base de las disposiciones del Título II;

4(9) discriminación indirecta: distinción indirecta basada en uno de los criterios protegidos, que no puede justificarse sobre la base de las disposiciones del Título II;

Historia

Segunda guerra mundial

Ver artículo principal: Persecución de los homosexuales en la Alemania nazi

Bélgica fue invadida por Alemania durante la Segunda Guerra Mundial, por tanto, la situación vivida por los belgas durante esos años fue la misma que la de los alemanes.

Situación legal de las uniones entre personas del mismo sexo en Europa

     Matrimonio      Uniones civiles      Reconocimiento doméstico limitado (pareja de hecho)      Reconocimiento limitado de uniones en otros países      Sin reconocimiento      Matrimonio prohibido para parejas del mismo sexo

Situación actual

Los belgas suelen ser siempre muy tolerantes con este colectivo, hay también muchos clubs de ambiente en las ciudades belgas.

Referencias

Véase también

  • Portal:LGBT. Contenido relacionado con LGBT.
  • Portal:Bélgica. Contenido relacionado con Bélgica.
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